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PUNTOS CALIENTES REFORMA LABORAL RAJOY
El despido improcedente se reduce de 45 días a 33 días por año trabajado y un máximo de de 24 mensualidades. (Los trabajadores con contratos de 45 días se mantendrá hasta que se publique en el drecreto en el BOE a partir de ahí pasa a 33 días y con un tope de 42 mensualidades).
En cuanto al despido procedente, se mantiene la indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades, pero se facilita el despido por causas económicas, sin necesidad que la empresa tenga pérdidas.
Se abre la puerta a la bajada de salarios si la empresa alega razones de competitividad.
Se limita la renovación automática de los convenios de modo que según indica el decreto de los convenios no estarán vigentes tras dos años. Se facilita a las empresas que tienen dificultades que no apliquen el convenio de ámbito superior.
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